martes, 26 de marzo de 2019

Garantías Individuales

Son derechos fundamentales de las que los ciudadanos mexicanos gozan, de acuerdo a la constitución que versan sobre la libertad, seguridad, igualdad y propiedad.

Las Garantías Individuales comprenden un total de 29 artículos de distinta índole, todos circunscritos a los derechos que como mexicanos tenemos dentro del territorio nacional y en las diferentes embajadas en el extranjero, que también forman parte de la propiedad nacional.

A continuación se mostrará un cuadro en el que se muestran los artículos mencionados anteriormente 


Garantía individual (Artículo)
Tipo
Autoridades encargadas de su validez
Art. 1º En México todo persona gozará de las garantías que otorga esta Constitución.
Igualdad
Libertad
Secretaría de Gobernación (SEGOB)
Secretaría de Seguridad Pública (SSP)
Art. 2º La Nación Mexicana es única e indivisible.
La Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas.
Igualdad
Secretaría de Gobernación (SEGOB)
Secretaría de Seguridad Pública (SSP)
Art. 3º La educación nacional es laica, gratuita y obligatoria hasta la secundaria.
Libertad
Secretaría de Educación Pública (SEP)
Art. 4º Los hombres y las mujeres son iguales ante la ley, tienen derecho a la protección de la salud, a una vivienda digna y decorosa. Las familias tienen derecho a informarse sobre el número de hijos y su esparcimiento, y estos tienen derecho a la protección de sus padres.
Libertad
Secretaría de desarrollo Social (SEDESOL)
Secretaria de Salud (SALUD)
Art. 5º Todas las personas podrán dedicarse a la profesión, industria, o comercio que prefiera siempre y cuando sea lícito.
Libertad
Secretaria del Trabajo y Previsión Social (STPS)
Art. 6º Es individuo gozará de libertad de pensamiento sin afectar a terceros y el derecho a la información.
Libertad
Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
Art. 7º Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Depende del Estado el obrar por la libertad de las personas, y asegurarse de que no se viole.
Libertad
Secretaría de Gobernación
Procuraduría General de la República.
Art. 8º Los funcionarios públicos deberán respetar el derecho del ejercicio de petición por parte de los ciudadanos, siempre y cuando este sea pacífico y respetuoso.
Libertad
Secretaria de Seguridad Pública (SSP)
Art. 9º  No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito.
Libertad
Secretaría de Seguridad Pública.
Secretaría de trabajo y previsión social.
Secretaría de la función pública
Art. 10º Los habitantes de la República tienen derecho a poseer armas en su domicilio para su seguridad y legítima defensa, siempre y cuando no estén prohibidas por la ley, o sean de uso exclusivo del Ejército.
Libertad
Secretaria de la Defensa Nacional (SEDENA)
Art. 11º Toda persona tiene derecho a entrar en la República, salir de ella, viajar de territorio o mudar de residencia, sin carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto o requisitos semejantes.
Libertad
Comisión Nacional de Vivienda.
Art. 12º Quedan anulados los títulos de nobleza.
Igualdad
Art. 13º Ninguna persona o corporación podrá tener fuero ni gozar más privilegios que estén fijados por la ley.
seguridad jurídica
Poder Judicial de la Federación
Art. 14º Ninguna ley podrá tener efecto retroactivo en perjuicio de una persona. Nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, según el procedimiento de ley.
Seguridad jurídica
Poder Judicial de la Federación l
Art. 15º Queda prohibida la extradición de reos políticos.
Seguridad jurídica
Poder Judicial de la Federación
Art. 16 º Nadie podrá ser molestado en su persona, domicilio, papeles o posesiones a menos que sea con la justificación de un mandamiento escrito de la autoridad competente que motive la causa legal de su procedimiento.
Seguridad jurídica
Poder Judicial de la Federación
Art. 17º Nadie podrá hacerse justicia por sí mismo, ni violentarse para reclamar su derecho.
Seguridad jurídica
Poder Judicial de la Federación
Art. 18º Habrá prisión preventiva solo por delito que merezca pena corporal
Seguridad jurídica
Poder Judicial de la Federación
Art. 19º Ninguna detención excederá de 3 días, sin que se justifique el auto de formal prisión.
Seguridad jurídica
Poder Judicial de la Federación
Art. 20º En un juicio criminal el acusado tendrá derechos tales como ser informado sobre el delito y el acusador, sobre los testigos que se presentan en su contra, tener total comunicación con quien sea. Se le suministrarán todos los datos que solicite para su defensa, y tiene el derecho a tener defensores.
Seguridad jurídica
Poder Judicial de la Federación
Art. 21º La investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función.
En caso de que el infractor sea jornalero, obrero o trabajador, debe de ser sancionado con una multa equivalente a un día de su salario mínimo.
Seguridad jurídica
Poder Judicial de la Federación
Art. 22º Quedan prohibidas las penas de mutilación o de infamia y de muerte.
Seguridad jurídica
Poder Judicial de la Federación
Art.23º Un juicio criminal debe de tener solamente tres instancias. Ninguna persona puede ser juzgada dos veces por el mismo delito.
Seguridad jurídica
Poder Judicial de la Federación
Art. 24º Todos pueden profesar la creencia religiosa que más les agrade y pueden practicar las ceremonias, devociones o actos de culto en los templos. Siempre y cuando no constituyan un delito y sean vigilados por la autoridad.
Libertad
Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Art. 25º El Estado debe de planear, conducir y coordinar la actividad económica nacional, y debe de llevar a cabo la regulación y fomento de actividades.
Libertad
Secretaría de Economía.
Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Secretaría del Trabajo.
Art. 26 º El Estado debe de organizar un sistema de planeación democrática para el desarrollo nacional. Éste debe de tener solidez, dinamismo, permanencia, y equidad para el crecimiento de la economía. Todo esto obrando por la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.
Igualdad y seguridad jurídica
Poder Ejecutivo.
Congreso de la Unión.
CONEVAL
INEGI
SAT
IPAB
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
PRONAFIDE
INAI
Art. 27 º El territorio de agua y tierra que comprende la Nación son propiedad de ésta, la cual tiene el derecho y la obligación de transmitir su dominio a los particulares para constituir la propiedad privada.  (Para más información sobre las clausulas y condiciones del territorio nacional y la propiedad privada, recomendamos consultar la Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos en su primer capítulo).
Propiedad
Secretaría de la Reforma Agraria (SRA)
Art. 28 º Quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos dentro de los términos y condiciones que fijan las leyes. La ley castigará severamente todo acaparamiento.
Seguridad jurídica
Poder Judicial de la Federación
Art. 29 º Solamente el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con los titulares de las Secretarías de Estado, los Departamentos Administrativos, y la Procuraduría General de la República, podrán suspender en todo el país o en algún lugar determinado  las garantías que fuesen obstáculo para hacer frente a cualquier situación adversa.
Seguridad jurídica
Poder Ejecutivo Federal
Si deseas consultar más información, puedes consultar esta página: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm

Para verificar tu conocimiento obtenido imprime y realiza el siguiente crucigrama

lunes, 25 de marzo de 2019

Jerarquía de la norma jurídica



Derecho Constitucional

Rama del Derecho Público que se encarga de estudiar el origen de la autoridad, la naturaleza del Estado así como la división de poderes. 

La Constitución es la norma jurídica fundamental y suprema de un país, de la cual surge el Derecho de dicho país. 


Es el conjunto de normas relativas a la estructura fundamental del Estado, a las funciones de sus órganos y a las relaciones de éstos entre sí y con los particulares.


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Los principios que justifican y fundamentan el orden constitucional son: 
  • La libertad de los particulares.
  • La autoridad de la que están investidos los gobernantes. Es decir, hay libertad y principios de autoridad como valores de justicia y paz en la sociedad. 

Las constituciones de clasifican por:



Jurisdicción
  • Escritas: Han sido plasmadas en un solo documento y se conforma por capítulos.
  • Consuetudinarias: Emanan de la costumbre, por ende, no existe un orden en su articulado.
  • Flexibles: No es precisa de un órgano ni de un procedimiento especial.
  • Rígida: La que por su forma necesita de un órgano especial distinto al legislativo ordinario, así como de un procedimiento particular.

Forma

  • Codificadas: Se encuentran en un solo documento.
  • Dispersas: Se hallan en varias leyes constitucionales.

Nacimiento

  • Otorgadas: Son elaboradas por el Congreso Constituyente, en el que se delegó la      soberanía por el pueblo.
  • Impuestas: Surgen por decisión política unilateral.
  • Pactadas: Son adoptadas en común por diversas entidades políticas.
  • Nacidas por acto de soberanía popular: Se originan en plebiscito general, en donde se consulta al pueblo.






























Por lo anterior, podemos decir que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es escrita, rígida, otorgada y codificada.













domingo, 24 de marzo de 2019

Estructura Constitucional

En México, la ley Suprema de la que nace el Derecho Positivo vigente y su sistema jurídico es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La Constitución es la norma jurídica fundamental y suprema de un país, ahí surge el Derecho de un país; el ordenamiento jurídico y constitucional protege la libertad de los particulares y vigila la autoridad que ejerce el gobernante.
↠Las constituciones jurídicamente se clasifican en:
Escritas: Han sido plasmadas en un solo documento que contiene un ordenamiento sistematizado.
Consuetudinarias:Emanan de la costumbre y no siguen un orden, no son escritas.
Flexible:No precisa de un órgano ni de un procedimiento especial.
Rígida: Necesita de un órgano especial distinto al Legislativo y de un procedimiento especial.


Por su forma son:
Codificadas: Contenidas en un solo documento.
Dispersas : Se encuentran en varias leyes constitucionales.

↠Por su nacimiento son:
Otorgadas: Elaboradas por un Congreso Constituyente.
Impuestas:Nacen por decisión política unilateral.
Pactadas:Adoptadas en común por varias entidades políticas.
Nacidas por el acto de la soberanía popular:Se originan por un plebiscito general.


La Constitución  (vigente) es escrita (plasmadas en un solo documento y escrita por capítulos) y rígida (requiere de un órgano y un procedimiento especial), consta de nueve apartados:

  1. Garantías individuales
  2. Soberanía nacional y forma de gobierno y partes integrantes de la nación
  3. División de poderes y normas que los rigen
  4. Responsabilidad de los funcionarios públicos
  5. Estados de la Federación
  6. Trabajo y la previsión social
  7. Prevenciones generales
  8. Reforma constitucional
  9. Inviolabilidad de la Constitución

La Constitución Mexicana se divide en dos partes:


Parte dogmática: Comprende a  los 29 artículos donde se consideran las garantías individuales y se describen los derechos de las personas.

Las Garantías Individuales se dividen en:
  • Garantías de Libertad.
  • Garantías de Propiedad.
  • Garantías de Seguridad Jurídica.
  • Garantías de Igualdad.


Título primero:
Capítulo I. De los Derechos Humanos y sus Garantías.
Capítulo II. De los Mexicanos .
Capítulo III. De los Extranjeros.
Capítulo IV. De los Ciudadanos Mexicanos.

Parte orgánica: Se refiere a la organización del estado, con los artículos 39 al 136; establece las consecuencias que tendrán aquellos que violenten la Ley Suprema.


Título segundo:Soberanía Nacional y forma de gobierno (art. 39-48).
Capítulo I. De la Soberanía Nacional y de la Forma de Gobierno.
Capítulo II. De las Partes Integrantes de la Federación y del Territorio Nacional.

Título tercero: División de poderes (art. 49-107)
Capítulo I. De la División de Poderes.
Capítulo II. Del Poder Legislativo.
Capítulo III. Del Poder Ejecutivo.
Capítulo IV. Del Poder Judicial.
Título cuarto: Responsabilidades de los servidores públicos (art. 108-114).
Título quinto: Estados de la federación y del Distrito Federal (art. 115- 122)
Título sexto: Trabajo y la previsión social (art. 123)
Título séptimo: Prevenciones generales (art. 124 -134)
Título octavo:Reformas de la Constitución (art. 135)
Título noveno: Inviolabilidad de la constitución (art. 136)


Si deseas consultar más información, puedes consultar las siguientes diapositivas:https://docs.google.com/presentation/d/10L27cohRSIegBfFOFJETOiyJCcd1h07B_jqpPFR7N1A/edit

Para comprender más el tema, abra el siguiente enlace: http://www.clubjuridico.com/estructura-de-la-constitucion-politica-mexicana/